viernes, 5 de junio de 2015

¿CUÁNTO TRIBUTA EL SOL?


En verano, a falta de noticias, se habla de serpientes. Cosas de la canícula en los meses en los que más calienta el sol, aquí y en la playa.

Y hablando de Sol, una vez pasada la primera ola de estupor, debo confesar que, en efecto, una viguesa ha convencido a un notorio notario de Porriño para ser reconocida y tenida como propietaria de la estrella de nuestro sistema planetario.

Pero no queda ahí la cosa. Su elocuencia ha conseguido que el único juez de España que no está sobrecargado de trabajo (juzgado de primera instancia núm. 5 de Alcobendas) admita a trámite una demanda de la propietaria solar contra un conocido sistema de ventas por internet, con nombre de bahía anónima, porque se han negado en redondo a permitir que venda parcelas de su ardiente propiedad utilizando su portal de subastas y ventas.

Con la que está cayendo y la que “has liao, pollito”.

No soy notario de Porriño ni juez de Alcobendas ni tengo los conocimientos adecuados para opinar sobre las razones de ambos profesionales para actuar como lo han hecho. No obstante, hay algunas cuestiones que no me quedan demasiado claras.

¿Está debidamente registrada la propiedad en el correspondiente registro? Es algo que no consta en modo alguno. No se puede vender aquello de lo que no eres titular, en cuyo caso se incurre en “estafa”.

¿Está debidamente mantenida y cuidada la propiedad? De acuerdo con la Ley 34/1979, de 16 de noviembre, sobre Fincas Manifiestamente Mejorables, cabe deducir que la propietaria del horno solar no lo ha visitado jamás. No ha habido tareas de regulación de la energía emitida, con el objeto de conseguir inviernos más suaves y veranos menos álgidos; no se han tomado medidas para disminuir la nociva acción de los rayos ultravioleta; nunca se ha realizado ninguna labor para evitar las terribles erupciones que se producen en su finca y que provocan serios problemas en las comunicaciones terrestres…

¿Se puede considerar al Sol un “bien común?. Indudablemente, sí, en cuyo caso sería susceptible de ser expropiado “por el bien de todos los españoles”, además de por el flagrante abandono al que está sometida la propiedad.

¿Ha declarado a Hacienda su propiedad? Es sabido que se considera delito no declarar al fisco las propiedades inmuebles de los contribuyentes. No consta que pague el IBI ni otra tasa por esta singular posesión.

En caso de impago de sus impuestos, ¿podría Hacienda embargar la titularidad del Sol?

¿Piensa la propiedad gravar de algún modo a las centrales fotovoltaicas por la utilización indiscriminada que hacen de la energía solar?

¿Es responsable civil subsidiaria de los problemas ocasionados por la abrasadora actividad de su incandescente parcela (incendios, por ejemplo)?


Seguro que se te ocurren nuevas y razonables dudas. Estaré encantado de compartirlas.

2 comentarios:

  1. Lamento no haber comentado tu artículo, querido Ángel, pero creo que habrás leído que tengo una fractura del manguito rotatorio del hombro izquierdo y no debería ni de estar escribiendo esto. Pero, amigo, nosotros moriremos escribiendo. Seguro.

    Acabo de escuchar la noticia en Tele 5 y he telefoneado rápidamente a mi abogado para que inscriba la Luna a nombre mío de manera urgente.


    Total, mía ya lo es oficiosamente porque siempre estoy en ella... :)

    ¿Pero cómo pueden hacerse semejantes chorradas, Dios mío?

    Somos el país de los tontos y cuando entrenamos ganamos hasta un Mundial.

    Abrazos.

    Paco

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    1. Hasta la última coma, desde la primera, por supuesto. País de "Rinconetes y Cortadillos" donde quien no corre es porque ya vuela. Pero ahí la tienes, con sus minutitos de gloria, a falta de nada mejor que llevarnos a la boca.
      Muy buenas las aventuras del moro cristianizado y la cristiana ena-morada.

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